La Justicia como valor Constitucional
DOI:
https://doi.org/10.3989/arbor.2003.i691.687Abstract
La Constitución Española, sin menoscabo de su carácter prescriptivo, atiende a la necesidad de poner un vigoroso acento —y mejor si lo hace en términos jurídicos— sobre las notas identificadoras del aliento político que más y mejor expresan el fundamento y orientación de la voluntad constituyente. Pero, con independencia de tal aseveración, es definitiva la interpretación del precepto, según criterios y métodos jurídicos, en cuanto enuncia unos «valores» que el Estado constituido «propugna», que se califican como «superiores» y que se predican, precisamente, del «ordenamiento jurídico». La justicia es, desde luego y en sí misma, un valor, al que conviene la nota de clásico en la determinación de los que han de regir una convivencia política estable. Uno u otro sentido de la justicia ha latido con fuerza en la conciencia humana y en toda pretensión racional de ordenación de la convivencia.
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