La Comunidad reconocida: familias, escuelas, regantes y vecinos
DOI:
https://doi.org/10.3989/arbor.2000.i652.988Resumen
En este trabajo se estudia la intervención del Derecho en la comunidad. Se parte de una definición social de comunidad rechazando como tales aquellas que el Derecho llama comunidades pero no lo son socialmente. El Derecho interviene en las comunidades como la familia, pero lo hace pensando esencialmente en los individuos que la componen no en la comunidad social como tal. El diseño individualista del Derecho occidental vigente impide o, incluso, produce consecuencias no buscadas cuando el Derecho actúa sobre comunidades sociales.
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